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El nuevo modelo 347

En la próxima declaración de operaciones con terceras personas percibiremos al menos una diferencia relevante con respecto al anterior modelo. Se trata de la inclusión de un desglose trimestral, que parece tener un bastante evidente objetivo de evitar que en las declaraciones de IVA los empresarios y profesionales disminuyan los importes a liquidar en los primeros trimestres traspasándolos a la liquidación del último.

Esta modificación se produce por aplicación del Real Decreto 1615/2011, de 14 de noviembre, por el que se introducen modificaciones en materia de obligaciones formales en el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos. El 12 de diciembre de 2011 se publicó laorden EHA/3378/2011, de 1 de diciembre que, entre otras normas, modificaba la orden EHA/3012/2008, de 20 de octubre, por la que se aprobaba el modelo 347 vigente hasta ahora.
 
Otra modificación muy relevante contenida en esa orden es la anticipación del plazo de presentación del modelo 347, que pasa a ser en febrero. No obstante, la disposición adicional primera mantiene, sólo para la declaración correspondiente al ejercicio 2011, el plazo de marzo vigente anteriormente.
 
La consecuencia más directa para los obligados a la presentación de esta declaración es la de calcular los devengos correspondientes a cada trimestre de clientes y proveedores que deban figurar en la misma (es decir, cuyas operaciones con la entidad hayan superado, en cómputo anual, los 3005,06 euros). Este cálculo es trivial para las entidades cuyos sistemas contables permitan extraer la información según rangos temporales, pero puede significar un trabajo añadido para las entidades que no llevan su contabilidad mediante productos informáticos de calidad profesional.
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